L & C, bufete jurídico afiliado a:
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Por Nuestra
Asociación con
Ahora
Brindamos Servicios
Jurídicos Internacionales
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Oficinas
principales. Dr. Vértiz 344 desp. 12-A
Col. Doctores, Del Cuauhtémoc, C.P. 06720 México, D.F.
(52)(55)55382099
(52)(55)55388025
Contamos con oficinas en Irapuato, Gto. |
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Intestamentario
(Respuestas a Consultas Anteriores) |
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La consulta consiste en: Deseo iniciar un juicio
intestario de mi hermano que murio de cancer el 26 de
marzo vive su mama y yo su hermana en noviembre una vez
desausiado se caso y la señora se quiere quedar con todo
no hizo testamento |
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Con
gusto podremos proceder de inmediato a iniciar el juicio
intestamentario mediante la denuncia ante el juez
correspondiente del fallecimiento de su hermano. Es
importante que nos haga saber si su hermano se caso en
plenitud de sus facultades y si lo fue por bienes
separados o sociedad conyugal (mancomunados). En el caso
que su matrimonio hubiese sido por sociedad conyugal la
cónyuge tendrá
derecho al 50% de la propiedad y el resto tendría
derecho primeramente su madre, posiblemente usted y si
la señora no tiene trabajo ni otros bienes podría tener
derecho a una parte proporcional sobre esa mitad; en el
caso de que se hubiese casado por bienes separados, la
señora podría tener derechos sobre los bienes solamente
que careciera de estos y de ingresos, pero tendríamos
que saber mas detalles para lo que la invito a que nos
llame por teléfono y concerte una cita en nuestras
instalaciones para detallar esas circunstancias y la
estrategia a seguir.
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Cotización y Duración de este
tipo de procedimientos
(Intestamentario) |
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Un
procedimiento de esta índole tiene un costo de
honorarios de un porcentaje equivalente al 6% del valor
comercial del o los inmuebles o bienes que constituyen
la masa hereditaria, cantidad que no puede ser inferior
a 20 000 pesos, mismos que se cubren mediante un pago
inicial del 50% de esta cantidad o de la que resulte del
porcentaje de los bienes y el resto mediante pagos
subsecuentes durante la secuela del procedimiento. En
virtud del interés de la persona que usted menciona le
sugiero que comencemos de inmediato a fin de
salvaguardar sus intereses y los de su madre.
La
duración de estos procedimientos es de 4 a 18 meses
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Las consultas aquí publicadas son autorizadas por las
personas que las envían a nuestro sitio web, así como la
ortografía y la redacción de las mismas no son modificadas
en lo absoluto. |
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